Las Municipalidades tienen la facultad de procesar el autovalúo y determinar la deuda tributaria y cobranza coactiva, por conceptos del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales (Serenazgo, Limpieza Pública, Parques y Jardines). De conformidad con la Ley de Tributación Municipal, todas las personas o empresas propietarias de un predio, tienen la obligación de cumplir con el pago anual del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales. La información de Pagos de Tributos Municipales realizadas por los contribuyentes, corresponden el período 2024. Cada registro, es un pago de cada tributo municipal realizada por el contribuyente. El campo “COSTO_EMISION”, es el valor del derecho de pago que se aplica solo al tributo municipal Impuesto Predial, para los demás tributos municipales tiene el valor de cero (0.00). El campo “MONTO_REAJUSTE”, es el valor reajustado por el vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial (aplica solo al Impuesto Predial), para los demás tributos tiene el valor de cero (0.00). La deuda tributaria vencida esta caracterizadas por:
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Dato y Medio de Distribución
Dataset Info
These fields are compatible with DCAT, an RDF vocabulary designed to facilitate interoperability between data catalogs published on the Web.Field | Value |
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Publisher | |
Fecha modificada | 2024-06-28 |
Fecha de lanzamiento | 2024-06-28 |
Identificador | 0425ee5d-94f0-4722-a15d-0f5f1324e389 |
License | License Not Specified |
Public Access Level | Public |