el ROF del MINSA, señala lo siguiente:
Artículo 98.- Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional
La Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Prestaciones y Aseguramiento en Salud responsable de proponer normatividad en materia de organización y gestión de servicios en salud.
Asimismo, propone normatividad para implementar el intercambio prestacional con la finalidad de generar mayor cobertura de los servicios y utilizar la oferta pública de forma eficiente. Supervisa la política en materia de aseguramiento en salud a nivel nacional.
Artículo 99.- Funciones de la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional
Son funciones de la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional las siguientes:
a) Proponer y supervisar políticas sectoriales, normas, lineamientos y demás documentos en materia de organización, funcionamiento, gestión y control de los servicios de salud; así como proponer y monitorear normas y lineamientos en materia de modelos de atención, gestión clínica y sus herramientas (guías de práctica clínica, guías de procedimientos, etc.), y demás procedimientos relacionadas a la prestación y gestión de los servicios de salud.
b) Proponer políticas, procedimientos, criterios, estándares, normas, lineamientos y documentos normativos, en materia de su competencia, con enfoque de calidad; así como evaluar su implementación.
c) Proponer y supervisar la política sectorial, normas, lineamientos, estrategias y proyectos en materia de aseguramiento en salud a nivel nacional.
d) Coordinar el monitoreo de la implementación de las políticas, normas, lineamientos, estándares y demás documentos de su competencia, en los órganos desconcentrados del Ministerio de Salud.
e) Proponer y supervisar políticas sectoriales, normas, lineamientos y demás documentos en materia de intercambio prestacional nivel nacional, en el marco de la normatividad vigente.
f) Proponer acciones para el fortalecimiento del primer nivel de atención, en el marco de sus competencias.
g) Conducir el monitoreo y evaluación del funcionamiento del Seguro Integral de Salud (SIS), en coordinación con SUSALUD.
h) Coordinar con los actores involucrados la articulación de la política en materia de aseguramiento en beneficio de la población.
i) Opinar en el ámbito de sus competencias.
j) Conducir la asistencia técnica y propiciar el desarrollo de capacidades en materia de sus competencias.
k) Las demás funciones que le corresponda de acuerdo a las disposiciones legales vigentes y aquellas que le asigne el/la Viceministro/a de Prestaciones y Aseguramiento en Salud.